Revista Científica de Ingeniería, Industria y Arquitectura
Vol.8, Núm.16 (jul-dic 2025) ISSN: 2737-6451
Cita sugerida: Masterrena-Alcívar, L., Montes-Mera, N., & Barcia-Moreira,
M. (2025). Protección Jurídica de Bienes Patrimoniales en caso de conflictos
armados. Revista Científica FINIBUS Ingeniería, Industria y Arquitectura,
8(16), 60-68. https://doi.org/10.56124/finibus.v8i16.006
DOI: https://doi.org/10.56124/finibus.v8i16.006
Recibido: 14-10-2024 Revisado: 25-11-2024
Aceptado: 15-12-2024 Publicado: 24-01-2025
Artículo de revisión
Protección Jurídica de Bienes Patrimoniales en caso
de conflictos armados
Luis Masterrena-Alcívar
[1,2]
Nathaly Montes-Mera
[1]
Manuel Barcia-Moreira
[1,3]
[1] Instituto Nacional del Patrimonio Cultural (INPC). Ecuador.
[2] Universidad de Guayaquil (UG). Guayaquil, Ecuador.
[3] Carrera de Arquitectura. Pontificia Universidad Católica del Ecuador - Sede Manabí (PUCEM). Manabí, Ecuador.
Autor para correspondencia: luis.masterrena@patrimoniocultural.gob.ec
Resumen
El artículo analiza cómo los conflictos armados han afectado históricamente al patrimonio cultural, causando pérdidas
irreparables de bienes materiales e inmateriales. Se aborda la evolución de la protección jurídica internacional, desde la
Convención de La Haya de 1954 hasta estrategias recientes de la UNESCO, destacando la importancia del Derecho
Internacional Humanitario como marco regulador. Mediante una revisión histórica y normativa, los autores destacan
instrumentos, principios y organismos como el Escudo Azul para prevenir la destrucción de bienes patrimoniales. Se concluye
que la protección del patrimonio es inseparable de la defensa de la dignidad humana y requiere cooperación internacional,
políticas educativas y aplicación efectiva de normas que garanticen su preservación para las futuras generaciones.
Palabras Clave: derecho; patrimonio cultural; protección; convención; principio universal.
Review
Legal Protection of Cultural Property in the Event of Armed Conflicts
Abstract
The article analyzes how armed conflicts have historically impacted cultural heritage, causing irreparable losses of both tangible
and intangible assets. It addresses the evolution of international legal protection, from the 1954 Hague Convention to recent
UNESCO strategies, highlighting the importance of International Humanitarian Law as a regulatory framework. Through a
historical and normative review, the authors emphasize instruments, principles, and organizations such as the Blue Shield to
prevent the destruction of cultural property. It concludes that the protection of heritage is inseparable from the defense of human
dignity and requires international cooperation, educational policies, and the effective application of regulations that guarantee
its preservation for future generations.
Keywords: law; cultural heritage; protection; convention; universal principle.
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Protección Jurídica de Bienes Patrimoniales en caso de conflictos armados
1. Introducción
Entre los acontecimientos internacionales de mayor
relevancia en la historia contemporánea, vinculados con la
materia de estudio, destacan la Primera y la Segunda Guerra
Mundial, iniciadas en 1914 y 1939, respectivamente. Ambos
conflictos representaron una de las mayores devastaciones a
escala continental, provocando la afectación masiva y, en
numerosos casos, la desaparición de bienes muebles e
inmuebles con valor patrimonial incalculable.
De manera más reciente, Estados como Irak, Afganistán,
Siria y la ex Yugoslavia han experimentado conflictos
armados, tanto internos como externos, que han generado
impactos significativos en el patrimonio cultural mundial. En
estos escenarios se perdieron sitios arqueológicos,
monumentos históricos, bibliotecas, obras de arte, objetos de
valor cultural e infraestructuras arquitectónicas de relevancia
patrimonial.
La difusión de noticias sobre conflictos bélicos, motivados
por factores políticos, religiosos o de diversa índole,
despierta una preocupación legítima por la seguridad de la
población civil, manifestada en desplazamientos forzosos,
crisis alimentarias, brotes epidémicos y vulneración de
derechos fundamentales.
En este contexto, el Derecho Internacional Humanitario
adquiere un rol central, al reconocer que la protección de la
persona implica también la salvaguarda de su legado
histórico, cultural y material. Este marco normativo fomenta
la solución pacífica de controversias mediante la diplomacia,
la mediación, la conciliación y la negociación, con el
objetivo de cesar la violencia y preservar tanto la vida
humana como el patrimonio cultural (Hernández & Manasía,
2005).
Los efectos nocivos de la guerra se extienden a la totalidad
de las actividades sociales, y las divergencias no resueltas
pueden perpetuar escenarios de violencia y retrasar la
consolidación de la paz. En consecuencia, el Derecho
Internacional Humanitario, sustentado en normas
convencionales y consuetudinarias, constituye un
instrumento de protección para la integridad de las personas
y sus bienes patrimoniales.
En virtud de lo anterior, este manuscrito tiene como objetivo
principal analizar la influencia de los conflictos armados en
la afectación, pérdida y protección del patrimonio cultural,
desde la perspectiva del Derecho Internacional Humanitario,
identificando la relevancia de los instrumentos jurídicos
vigentes y los mecanismos de cooperación internacional
orientados a salvaguardar los bienes culturales en contextos
de guerra.
2. Metodología
La investigación se desarrolló bajo el enfoque del método
histórico-jurídico, mediante el cual se realizó un análisis
cronológico y sistemático de los acontecimientos y normas
que inciden en la protección del patrimonio cultural durante
conflictos bélicos. Se aplicó el método teórico-jurídico para
examinar doctrina especializada, normativa nacional e
instrumentos de Derecho Internacional Humanitario,
identificando vacíos normativos y mecanismos de
protección. Como técnica principal se utilizó la revisión
documental, basada en la recopilación, selección y análisis
de fuentes bibliográficas y jurídicas disponibles en
repositorios virtuales nacionales e internacionales, lo que
permitió sustentar la argumentación y extraer conclusiones
con rigor académico.
3. Resultados
3.1 Aspectos normativos a considerar
La cultura y el patrimonio constituyen una forma de concebir
el mundo y de dotar de sentido a las prácticas sociales, por
lo que siempre deben entenderse en relación con un territorio
determinado y considerando las dinámicas de poder que
influyen en dichas prácticas (Arias, 2014, p.211). La
Convención de La Haya Sobre Protección de los Bienes
Culturales en Caso de Conflictos Armados fue expedida en
1954, y se introducen postulados que son alineados con
aquellos criterios clásicos relacionados con el patrimonio
cultural (Mejía, 2014). Luego en 1972 se expidió la
Convención Sobre la Protección del Patrimonio mundial,
cultural y natural, aquí se mantuvo esa característica
monumental, artística y arqueológica de todo lo concerniente
al patrimonio cultural.
Con la preocupación de los países por la vida cultural de sus
ciudadanos es que empieza a emerger el Derecho Cultural, y
de manera específica el Derecho del Patrimonio Cultural el
cual o dentro del cual están implícitos principios, normas, así
también criterios que al ratificarse en tratados
internacionales permiten el goce para su connacionales y
personas venida del extranjero (Mesinas, 2016).
Entendiéndose de sobremanera que estas normativas y
principios dirigidos al ciudadano como tal, lleva implícito el
deber de cuidar y proteger el patrimonio material e
inmaterial concerniente al individuo, considerando que el
patrimonio cultural forma parte del ser, de lo que existe ahora
como lo que existirá 100 años más adelante, tradiciones,
costumbres, formas de construir inmuebles, como casas,
puentes, edificios, monumentos, entre otros.
La sensibilización patrimonial implica desarrollar políticas
educativas específicas para los espacios, articuladas con la
memoria local y orientadas a reconocer el patrimonio como
un valor compartido por la comunidad (Batista, 2018). Desde
la cultura y educación es posible establecer conexiones
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territoriales afectivas apoyado en la concienciación colectiva
en torno al patrimonio cultural.
Es fundamental reconocer el valor y la importancia del
patrimonio, cuya preservación requiere la participación
conjunta de la academia, las instituciones gubernamentales,
la sociedad civil y los actores culturales, quienes coordinan
sus acciones a través del marco legal para protegerlo de
manera integral (Muñoz et al., 2004). Algo a destacar es que
el Derecho no emplea términos unívocos para aprehender
estos bienes (Anguita, 2004). Se encuentran infinidad de
vocablos incorporados para citar al patrimonio histórico,
artístico, monumentos, obras de arte, entre otros.
La cultura ha sido trasladada hacia la primera línea en los
conflictos armados debido a los daños colaterales sufridos,
la destrucción de las infraestructuras arquitectónicas y sitios
emblemáticos de características arqueológicas, es un
objetivo directo utilizado para el incremento de venganza,
violencia y odio entre la población afectada, tal destrucción
tiene efectos en un corto y largo plazo porque debilita los
esfuerzos que se realizan para alcanzar la paz, es un factor
complicado para lograr la reconciliación de las partes
enfrentadas sin que exista la respectiva reparación integral,
y conociendo desde ya la evolución de las sociedades y sus
formas y maneras de construir esto se vuelve casi imposible,
citando como ejemplo el hecho de que, en la actualidad no
se edifica con los mismos materiales de construcción que se
utilizaban hace más de 100 años atrás, lo que conlleva a una
perdida irrecuperable para la nación afectada y que se
extiende a una afectación de carácter global.
En la década de 1990 motivado por los conflictos que se
sucedieron se reforzaron Convenciones para adaptarlos al
Segundo Protocolo que aumentaron los niveles de protección
de bienes culturales. La Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, y el
Ministerio de Defensa de Argentina (2019) enfatizan que, en
2015, los Estados miembros de la UNESCO han adoptado
una estrategia integral para el refuerzo de las acciones en
materia de protección de la cultura.
El Protocolo a la Convención para la protección de los bienes
culturales en caso de conflicto armado estipula que los
Estados se compromete a impedir la exportación de bienes
culturales de un territorio ocupado durante un conflicto
armado (UNESCO, 1956). Queda claro el compromiso de
resguardar los bienes culturales cuando existan actos hostiles
en territorios ocupados, o de aquello sometidos a ataques.
Los bienes culturales no se pueden retener con la finalidad
de formar parte de reparaciones de guerra.
3.2 Derecho Internacional Humanitario
La creación de un orden supranacional es relativamente
nueva, tomó fuerza luego de la Primera Guerra Mundial. Los
Estados empezaron a unificarse en organizaciones
internacionales para frenar futuros intentos guerreristas o
bélicos. La intención estuvo dada por la creación de bloques
fuertemente unificados para regular actividades a través de
normativas.
Según Fraidenraij, citada por Fercovic (2014), el Derecho
Internacional Humanitario comprende normas
internacionales diseñadas para proteger a las personas y sus
bienes durante los conflictos armados, así como para
restringir el uso de armas y tácticas bélicas; se distingue por
su enfoque realista y funcional, al servir de punto de
equilibrio entre intereses contrapuestos en favor de la
humanidad.
El marco del Derecho Internacional Humanitario se
fundamenta en tratados internacionales que establecen los
criterios que los Estados deben seguir durante los conflictos
armados, con el propósito de que las acciones bélicas se
desarrollen de forma más humana (Quijano et al., 2018).
Aquello obliga al expreso consentimiento para obligarse a
los instrumentos supranacionales creados; esto contribuye a
la consolidación de dicho régimen de su cumplimiento frente
a los preceptos fundamentales de los seres humanos, entre
los cuales se encuentran los derechos culturales.
El desarrollo y aplicación del Derecho Internacional
Humanitario conforman una tarea que nunca concluirá.
Dichas normativas por las cuales se rige el respeto de
precautelar los bienes culturales cuando se presentan
conflictos armados tienen sólidos fundamentos jurídicos; no
obstante, se corre el riesgo de no aplicarse.
Una vez que concluyen los conflictos armados, es necesario
tomar las medidas necesarias que permitan proteger los
bienes culturales; esto se enmarca en el respeto a la dignidad
de la sociedad porque forman parte de la memoria histórica
colectiva. Cuando se suceden ataques intencionados en
contra de los bienes arqueológicos y/o arquitectónicos, la
percepción de la comunidad internacional es que existe el
menosprecio hacia todo lo que representan esos objetos para
una parte de los implicados en las guerras.
El Comité Internacional de la Cruz Roja (2002) destaca que
la protección de la cultura y de los bienes culturales debe
entenderse hoy en una dimensión global, acorde con el
contexto mundial contemporáneo, ya que los conflictos han
dejado de percibirse como fenómenos aislados.
En 2015, los Estados integrantes de la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura,
UNESCO, procedieron a adoptar “una estrategia integral
para el refuerzo de las acciones de la UNESCO en materia
de protección de la cultura” (Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura &
Ministerio de Defensa de Argentina, 2019). A manera de
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ejemplo se cita la reconstrucción de los mausoleos de
Tombuctú, en Malí, mismos que fueron destruidos por
extremistas de ese país.
3.3 Definición de patrimonio cultural
Con el paso de las décadas, el término patrimonio ha
adquirido una connotación ideológica, política y social. Esto
también se relaciona con aspectos vinculados a la memoria
o al olvido de actividades culturales desarrolladas en el
pasado. Hasta mediados del siglo XX, el concepto se
centraba principalmente en bienes materiales de carácter
artístico y monumental, cuya valoración estética era definida
por especialistas y estaba asociada a las élites y círculos de
poder occidentales, por lo que con frecuencia se le
denominaba patrimonio de carácter elitista (Téllez, 2013).
Posteriormente, con el avance de los años, comenzaron a
producirse transformaciones impulsadas por nuevos
contextos y actores, dentro de un marco de crecimiento
económico derivado de la globalización como consecuencia
de la posguerra. La UNESCO impulsó la protección de
bienes culturales mediante su custodia estatal, dado que
empezaban a ser objeto de mercantilización ilegal. Desde
entonces, los procesos de institucionalización y las políticas
públicas cobraron relevancia, y con ello la sociedad comenzó
a valorar su importancia.
Para la comprensión y construcción del patrimonio, es
necesario considerar aspectos como la dinámica local-
global, impulsada por la globalización en contenidos,
procesos y dimensiones políticas, situación que condujo a la
reconfiguración de la identidad histórica y social. Las
tradiciones, los relatos orales y la presencia de evidencia
física han hecho posible la apropiación territorial
acompañada de una identidad cultural vinculada a los bienes
que conforman el patrimonio cultural.
Se plantea la idea de vivir localmente, pero formando parte
de la globalidad, generando aun proceso que posibilita la
mezcla de referencias culturales tradicionales entre lo
individual y lo colectivo, con una profunda incidencia en los
modos de pensar en distintos lugares del mundo.
Durante el siglo XVIII, el concepto de patrimonio cultural
comenzó a tomar forma, aunque no con el sentido que se le
otorga actualmente; en ese entonces se apreciaba como una
variable intrínseca de coleccionistas con acceso a obras de
arte, esculturas y pinturas, quedando excluidos los sectores
de la sociedad sin recursos para adquirir tales objetos.
En el siglo XIX se empezó a modificar la forma de entender
el patrimonio cultural, empleándose este término para
identificar objetos y obras conservadas en yacimientos
arqueológicos, así como aquellos custodiados en museos
estatales y privados, junto con edificaciones artísticas,
centros de salud y monumentos emblemáticos que narran
una historia. Por su naturaleza, presentan un valor tanto
extrínseco como intrínseco, por lo que merecen ser
preservados y protegidos.
Con una visión más integral, el patrimonio cultural empezó
a ser comprendido de forma más amplia por la sociedad,
dejando de restringirse únicamente a monumentos, pinturas
u otras manifestaciones artísticas, para abarcar expresiones
culturales capaces de reconstruir la forma de vida de
determinadas épocas históricas.
3.4 La voluntad de precautelar los bienes patrimoniales
culturales de la destrucción
Con el propósito de proteger los bienes culturales ante la
posible destrucción derivada de conflictos armados, se
recurre a la protección jurídica, regulada y preestablecida,
como mecanismo para salvaguardar el patrimonio cultural en
todas sus manifestaciones. La protección nacional e
internacional de los bienes patrimoniales culturales se
sustenta en instrumentos jurídicos diseñados para tal fin, ya
sean de carácter internacional o local, los cuales se
perfeccionan con el tiempo para garantizar que su aplicación
se ajuste a las realidades contemporáneas.
Pérez (2018) señala que la adopción de normas
internacionales y su incorporación en los distintos sistemas
jurídicos nacionales evidencia el interés de la comunidad
internacional por la protección del patrimonio cultural.
Aunque esto podría generar debates entre los posibles
beneficiarios de dichas normativas, también implica la
aparición de eventuales controversias. Además, desde la
perspectiva ciudadana, aún persiste la falta de conciencia
sobre el patrimonio cultural como un derecho; por ejemplo,
lo antiguo suele percibirse como obsoleto, inútil o
irrecuperable, lo que supone desconocer su valor como
componente de la identidad social y jurídica, asociado al
disfrute de una identidad cultural.
Es importante recordar que hace apenas un siglo la cultura
no se consideraba un derecho individual ni se entendía que
mereciera ser tutelada por el Estado. Fue recién en 1904
cuando Nicholas Roerich, de nacionalidad rusa, impulsó una
iniciativa para la creación de un tratado que protegiera
instituciones artísticas, científicas y monumentos históricos.
En ese entonces, el patrimonio inmaterial no era reconocido
como parte esencial de la identidad de los pueblos;
únicamente el patrimonio material, representado en
esculturas, pinturas o edificaciones relacionadas con la salud
o el arte, era objeto de atención.
La comprensión actual del patrimonio y la cultura implica
asumir conceptos más amplios e inclusivos; por lo tanto, no
se puede entender la cultura únicamente como un elemento
decorativo, sino también como parte de los derechos
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fundamentales inherentes a la dignidad humana. Al
considerarse la cultura como un bien de naturaleza pública,
el Estado, aun cuando lo desee, no puede desligarse de su
responsabilidad de protegerla.
En el siglo XX, cuando se intensificaron las preocupaciones
por la protección de los bienes culturales, la valoración del
patrimonio cultural se entendía como un conjunto de
modelos o pautas mediante los cuales una sociedad regula la
conducta de sus integrantes (Mesinas, 2016). Una disciplina
que contribuyó significativamente a superar la percepción
limitada de los bienes culturales fue la Arqueología, gracias
a las investigaciones realizadas sobre los antiguos
asentamientos humanos.
Siguiendo esta línea sobre lo antiguo, es pertinente
mencionar específicamente los bienes inmuebles
patrimoniales, que a lo largo de la historia han sido de los
más afectados durante los conflictos bélicos entre Estados.
Como ejemplo se puede citar la Catedral de Reims, ubicada
en la ciudad de Reims, Francia, considerada una ciudad
histórica. Esta catedral es significativa porque allí se
coronaban los reyes, incluido uno de los líderes más
influyentes de Europa, Carlomagno. La catedral fue
bombardeada y gravemente dañada durante la Primera
Guerra Mundial, y volvió a ser víctima de ataques durante la
Segunda Guerra Mundial. Este caso se replica en gran parte
de Europa, donde numerosos monumentos históricos y
edificaciones emblemáticas de varias ciudades, como
iglesias, monasterios y templos construidos siglos atrás,
resultaron igualmente afectados.
La continua sucesión de hechos contrarios a la paz en el
contexto internacional llevó a la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO) a implementar acciones dirigidas a la protección
del patrimonio cultural. Regiones identificadas como
conflictivas, como Oriente Medio, han motivado que los
actores involucrados en conflictos armados procuren
respetar aquellos bienes ya reconocidos como de interés para
toda la humanidad. Para asumir esta responsabilidad,
intervienen diversos profesionales capacitados
especialmente para tales circunstancias, como arqueólogos,
antropólogos, paleontólogos y arquitectos especializados en
patrimonio vernáculo, entre otros.
La voluntad de salvaguardar los bienes que conforman el
patrimonio cultural de las naciones frente a la destrucción
que podrían sufrir en contextos de conflicto armado generó
la necesidad de establecer mecanismos de protección
jurídica. Esta protección alcanza su punto más alto en los
tratados internacionales creados para tal fin, con el objetivo
de que, en el ámbito interno de los Estados parte, exista un
acercamiento efectivo en la creación de normativa que
garantice la preservación de todos los bienes patrimoniales.
La protección de estos bienes, tanto a nivel nacional como
internacional, se sustenta en lineamientos jurídicos que
deben perfeccionarse continuamente para garantizar su
aplicación real y efectiva.
La Convención de La Haya de 1954 es considerada el primer
instrumento internacional creado de manera expresa para
defender los bienes culturales; en la actualidad se considera
el documento referente de los instrumentos de Derecho
Internacional Humanitario en materia de protección del
patrimonio cultural. Esta convención se considera como un
instrumento jurídico fundamental de carácter preventivo y
surgió como resultado natural de la creación de la UNESCO
(Barraca, 2021).
Se ha estimado como algo imperativo la protección y
conservación del patrimonio cultural de la humanidad, es
decir, todos los bienes que forman parte y que se encuentran
alrededor del mundo. Para muchos, esto pasa por una
exigencia fundamental de preservar la memoria histórica de
los grupos humanos asentados y desarrollados en un entorno
geográfico específico. Para autores como Rodríguez (2010),
citado por Moliner (2023), el patrimonio cultural y el
patrimonio histórico podrían considerarse conceptos de
diferente naturaleza, pero se asume que su utilización
cotidiana los convierte en sinónimos.
Cuando se hace referencia al patrimonio, desde su propia
enunciación ya conlleva articulaciones con el poder, por
cuanto tiene un aspecto intrínseco con la dimensión de
construcción social (Carbonell, 2020). El patrimonio abre un
abanico de posibilidades para que los pueblos puedan
mostrar sus raíces, lo realizado por sus ancestros hace
muchos años, de dónde se viene y hacia dónde se podría
avanzar. La afectividad es otra cuestión por considerar; los
recuerdos persisten a pesar del paso del tiempo, lo que resulta
vital para construir un entorno que pueda ser visitado.
La conservación y restauración del patrimonio cultural en la
actualidad ha cobrado una importancia económica, por
cuanto sirven de destino para millones de personas quienes
los visitan, tomando en consideración su valor histórico.
Apreciada como actividad turística, sirve de sustento para los
países donde se encuentran asentados; el enriquecimiento
que generan los bienes permite mejorar el lugar donde están
exhibidos y resulta mucho más rentable desde el punto de
vista sociohistórico cuando existe difusión a través de los
medios de comunicación tradicionales, sumado a las redes
sociales.
Desde la mitad del siglo XX aumentó el interés por estudiar
los bienes patrimoniales, evolución positiva porque se fue
creando todo un escenario adecuado para impulsar el turismo
patrimonial. El patrimonio, en conjunto con los bienes que
coadyuvan a formar la memoria cultural e histórica, forma
parte de un bien común de uso social. No se tiene propiedad
sobre aquellos; empero, se mantiene el derecho de
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utilizarlos para el disfrute, esto porque pertenece a todos.
Esto sirve de motivación para su preservación y posterior
transmisión hacia las generaciones futuras, con la intención
de que puedan disfrutarlo.
Corresponde a los Estados otorgar prioridad a las medidas
necesarias para la conservación in situ de los bienes
culturales materiales que corran peligro (Brito et al., 2023),
esto como consecuencia de una serie de factores, pero que
para efectos de esta investigación se centra en los conflictos
armados.
La conceptualización de bienes patrimoniales es reflejo del
carácter dinámico desarrollado en torno a objetos que han
permitido interpretar o reinterpretar la historia; por lo tanto,
vincula el pasado, el presente y el futuro, porque abarca las
cosas heredadas del pasado que se consideran de tal valor o
significación hoy día (Naciones Unidas, 2024), y que los
individuos y comunidades tienen la intención de transmitir a
su descendencia.
Entre los motivos para la destrucción y saqueo existe
variedad de razones; hay quienes se dedican a investigar
dónde se encuentran tesoros antiguos con el objetivo de
ingresar y extraer lo más valioso. Asimismo, sucede por
motivos políticos, otros simplemente por vandalismo;
también puede ser organizado por un gobierno, lo que se
convierte en pretexto para responder de forma voluntaria a la
oposición (Kila, 2024). Esto motiva la urgente necesidad de
su protección, apreciada por muchos como un instrumento
que permite precautelar tales recursos.
En este contexto, el conocimiento y reconocimiento de los
bienes que forman parte del patrimonio histórico ha ido en
aumento; los países realizan esfuerzos por preservar la
integridad de los mismos. La sociedad acepta casi de manera
universal el hecho de que las reliquias del pasado mantienen
ese valor especial, por tanto, se deben conservar (Aguirre et
al., 2024). Algo a considerar radica en la dinámica existente:
se trata de actividades inherentes a los seres humanos que
habitaron hace muchos siglos en sus alrededores; esto genera
conocimientos ancestrales, los cuales en muchos casos se
han preservado y en otros se han interpretado a través de la
escritura o figuras encontradas.
La intención de realizar el presente trabajo gira en torno al
estudio de la protección jurídica relacionada con los bienes
patrimoniales cuando se presentan conflictos armados. Es
necesario analizar la categoría jurídica de patrimonio
cultural y su abordaje internacional en el contexto de la
legislación cultural (Pérez, 2018).
La protección no tiene por qué perjudicar otros derechos
contemplados en la normativa internacional y en la
Constitución de la República, así como en la normativa
interna de los Estados; van de la mano el cuidado de bienes
valiosos, sin que esto conlleve dejar en la indefensión a los
particulares. Dicho en otras palabras, cuando se descubren
bienes patrimoniales en lugares por donde transiten personas
o cualquier forma de traslado, o en casas habitadas, existe la
necesidad de llegar a acuerdos con la intención de hacer
respetar la legislación creada para estos fines.
En este orden de ideas, si todo vale para conseguir la tutela
de unos bienes valiosos, se rompe la idea misma de una
sociedad civilizada (González, 2024). Esto implica no
quebrantar el equilibrio emanado de los preceptos legales y
evitar así inconvenientes para la administración pública.
Alamanni (2016) indica que la cooperación internacional
desempeña un rol muy importante en la protección del
patrimonio cultural, personas, costumbres, edificios de valor
histórico, herramientas utilizadas, entre otros. Además,
incluye la creación de normas en el contexto del derecho
internacional público y humanitario, acompañado de trabajo
de campo por parte de organizaciones internacionales
inmersas en el desarrollo y cuidado de sitios arqueológicos.
3.5 Signo Distintivo para la Protección General y
Especial de Bienes Inmuebles Patrimoniales (Escudo
Azul)
El Escudo Azul tiene un predecesor, denominado Bandera
de la Paz, signo distintivo del Pacto de Roerich que se
promulgó en 1934. Este pacto tenía como finalidad cuidar y
proteger los monumentos históricos de los países y sus
edificaciones, en las cuales se brindaba enseñanza artística u
otras dirigidas a la salud, como centros de atención y
hospitales. Este signo distintivo es una organización
internacional independiente y profesional, cuya finalidad es
evitar las pérdidas y los daños causados al patrimonio y la
cultura en caso de catástrofes, mediante el mejoramiento de
las medidas de prevención.
Los bienes culturales, por ser parte del patrimonio mundial,
poseen un importante valor histórico, estético, arqueológico
y arquitectónico; de ahí la necesidad, por parte de la
UNESCO, de otorgarles mayor cuidado en tiempos de paz,
pero enfatizando en aquellos casos cuando se presentan
conflictos bélicos. Desde la antigüedad están documentados
ataques llevados a efecto por personas que lograron invadir
ciudades, dejando incluso detallada la manera en que
destruyeron importantes tesoros para su población.
Ya en un contexto actual, las imágenes y videos que
muestran la destrucción de bienes culturales por parte de
extremistas llevaron a tomar medidas urgentes para impedir
que se replique este tipo de acciones; la intencionalidad
causada puede ser entendida como limpieza cultural. Al
darse este tipo de situaciones no solo se afecta la cultura y
memoria del país donde sucede, sino que también tiene
repercusión mundial, porque si bien gran parte de la
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población no ha viajado ni visitado esos lugares, la difusión
de contenido audiovisual a través de canales de
entretenimiento internacionales, así como de noticiarios,
lleva a la ciudadanía a sentir tristeza y pesar por los hechos
ocurridos.
La destrucción intencional de los bienes patrimoniales es
atentatoria contra el Derecho Internacional Público y se
constituye en crímenes de guerra que se encuentran
reconocidos en el Derecho Penal Internacional. Jamás deben
contemplarse las representaciones patrimoniales como
objetivos militares. Es más, de aquí se desprende una
situación muy peculiar: la responsabilidad solidaria, que
implica que no solo el Estado que ejerce un ataque armado
contra otro es responsable de la destrucción de sitios
arqueológicos o bienes muebles o inmuebles patrimoniales,
sino también el Estado que recibe la agresión por no seguir
las normas de carácter internacional destinadas a precautelar
estos bienes o sitios que le pertenecen y que están bajo su
administración estatal. Por citar un ejemplo, un Estado no
puede considerar mantener o instalar bases militares cerca de
sitios o bienes emblemáticos o patrimoniales; de igual forma,
tiene la obligación de garantizar que cerca de estos lugares
que deben protegerse no exista ningún tipo de
almacenamiento bélico que pueda ser considerado objetivo
militar.
En 1954 se estableció este mecanismo para identificar bienes
culturales y fomentar su protección. La Convención para la
Protección de Bienes Culturales de ese año incorpo un
emblema distintivo con forma de escudo apuntado, dividido
en aspa, con colores azul ultramar y blanco. Este símbolo
presenta un cuadrado azul ultramar en la parte inferior y un
triángulo del mismo color en la parte superior, flanqueado
por triángulos blancos y delimitado por zonas azul ultramar
a lo largo de los bordes laterales del escudo (Mérida, 2022).
El Escudo Azul se utiliza en determinadas circunstancias,
entre las cuales se incluye que gocen de protección general
los bienes patrimoniales, que se haya designado personal
para su cuidado y que se cuente con la respectiva tarjeta de
identidad. Existe, además, un Escudo Azul especial, el cual
se repite tres veces y se utiliza cuando se declare la
protección especial de algunos objetos o bienes
arqueológicos, cuando se transporten tales bienes y existan
refugios creados bajo condiciones establecidas en el
reglamento para la aplicación del Convenio para la
Protección de Bienes Culturales.
Para la promoción de este signo distintivo existen
organizaciones como el Comité Internacional del Escudo
Azul, el cual desempeña un papel importante en la aplicación
de los instrumentos relacionados con este emblema, al igual
que otros comités u organizaciones que tienen como
finalidad facilitar el proceso de aplicación del Derecho
Internacional Humanitario, Comisiones Interministeriales de
Derecho Humanitario, Sociedades Nacionales como la Cruz
Roja y la denominada Media Luna Roja, quienes brindan el
contingente y apoyo necesarios para, en el marco de sus
actividades regulares, asistir a los Estados en materia de
respeto del emblema de protección de bienes culturales u
otras actividades relacionadas con la aplicación de la
Convención de 1954 y sus protocolos.
En estricto cumplimiento de la Convención de La Haya de
1954 y de lo previsto en virtud del sistema de protección
general y especial de bienes culturales, en referencia al
reglamento de aplicación, los Estados están obligados a
aplicar las disposiciones contenidas en la respectiva
convención, considerando, entre otras cosas, los tiempos de
hostilidades, en los que, para mayor prevención y protección
de los bienes culturales, el signo distintivo deberá colocarse
sobre los bienes culturales a fin de facilitar su identificación.
Este emblema podrá figurar en banderas o estar pintado
sobre un objeto de manera visible, con el objetivo de poder
ser identificado y, de esta manera, garantizar su protección.
4. Conclusiones
Desde una perspectiva normativa muchos han sido los
acuerdos internacionales creados en relación a la temática
estudiada, la carta de Atenas de 1931 es el modelo a seguir,
se introdujeron aspectos relacionados con la protección de
aquellos testimonios pertenecientes a todas las
civilizaciones. La protección jurídica tiene entonces la
función de blindar a los bienes patrimoniales para evitar que
sean atacados y destruidos.
Cuando se hace referencia a la conservación del patrimonio
cultural su protección conlleva que la comunidad
internacional tome acciones para evitar daños mayores,
adoptando la toma de decisiones inmediatas con la intención
de evitar su desaparición.
Cuando se trata de proteger el patrimonio cultural resulta
innegable que también resulta inseparable en la protección
de los individuos. El genocidio cultural toma forma y se
convierte en una estrategia perversa que eliminan los
elementos emanados de la creatividad. Desde la perspectiva
del redactor de este trabajo, el genocidio cultural es la muerte
del patrimonio colectivo, con lo cual pasa al olvido aspectos
de su vida diaria, de sus creaciones. Ante la irracionalidad de
lo actuado por los soldados se borra todo vestigio de historia.
El Escudo Azul como signo distintivo es ese emblema
protector creado en la Convención de la Haya de 1954, el
cual tiene como finalidad marcar los sitios culturales para
proporcionar protección ante los ataques por conflictos
armados. Viene a ser el equivalente cultural de la Cruz Roja.
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Contribución de los autores (CRediT)
Masterrena-Alcívar, L.: Investigación, Administración del
proyecto, Redacción-borrador original; Redacción- revisión
y edición. Montes-Mera, N.: Investigación, Visualización,
Redacción-borrador original; Redacción- revisión y edición.
Barcia-Moreira, M.: Conceptualización, Adquisición de
fondos, Supervisión, Redacción-borrador original;
Redacción- revisión y edición.
Todos los autores han leído y aceptado la versión publicada
del manuscrito.
Conflicto de intereses
Los autores han declarado que no existe conflicto de
intereses en esta obra.
Nota del Editor
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opiniones contenidas en el documento son responsabilidad
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