Revista Científica de Ingeniería, Industria y Arquitectura
Vol.8, Núm.15 (ene-jun 2025) ISSN: 2737-6451
Cita sugerida: Montes-Mera, N., Masterrena-Alcívar, L., & Barcia-Moreira,
M (2025). Recuperación de bienes arqueológicos prehispánicos entre museos
estatales de Ecuador y Estados Unidos. Revista Científica FINIBUS
Ingeniería, Industria y Arquitectura, 8(15), 30-39.
https://doi.org/10.56124/finibus.v8i15.003
DOI: https://doi.org/10.56124/finibus.v8i15.003
Recibido: 24-04-2024 Revisado: 02-08-2024
Aceptado: 12-12-2024 Publicado: 24-01-2025
Artículo de investigación
Recuperación de bienes arqueológicos prehispánicos
entre museos estatales de Ecuador y Estados Unidos.
Nathaly Montes-Mera[1,2]
Luis Masterrena-Alcívar [2]
Manuel Barcia-Moreira [2,3]
[1] Universidad de Guayaquil (UG). Carrera de Derecho. Guayaquil, Ecuador.
[2] Instituto Nacional del Patrimonio Cultural (INPC). Ecuador.
[3] Pontificia Universidad Católica del Ecuador - Sede Manabí (PUCEM). Carrera de Arquitectura. Manabí, Ecuador.
Autor para correspondencia: nathaly.montes@patrimoniocultural.gob.ec
Resumen
El patrimonio arqueológico se lo puede entender como el conjunto de bienes materiales susceptibles de poder estudiarse. Su
protección y cuidado es algo impulsado por la UNESCO a través de encuentros y disposiciones relacionadas a obtener
uniformidad en la conceptualización del mismo. El objetivo fue analizar los convenios internacionales existentes para la
recuperación de bienes arqueológicos prehispánicos entre museos estatales de Ecuador y Estados Unidos. La investigación es
de tipo cualitativa debido que se procederá a la descripción de las variables objeto de estudio, se utilizó el método inductivo, y
la información se recopilará de los repositorios virtuales nacionales e internacionales. En cuanto a los resultados conviene
indicar que efectuaron en 2023 la repatriación de restos ancestrales de procedencia ósea hacia tres comunidades indígenas
asentadas en Manabí, Esmeraldas y Pichincha realizada desde el Museo Nacional del Indígena Americano. Mientras las
conclusiones permiten indicar la necesidad de universalizar el conocimiento en torno a las Sillas Manteñas del Cerro de Hojas
Jaboncillo y que aún permanecen en el Museo del Indio Americano, Instituto Smithsonian en Washington, DC.
Palabras Clave: ancestral, arqueología, bienes, comunidades, patrimonio.
Recovery of pre-Hispanic archaeological assets between state museums in Ecuador and the
United States.
Abstract
Archaeological heritage can be understood as the set of material assets that can be studied. Its protection and care are something
promoted by UNESCO through meetings and provisions related to obtaining uniformity in its conceptualization. The objective
was to analyze the existing international agreements for the recovery of pre-Hispanic archaeological assets between state
museums of Ecuador and the United States. The research is qualitative because the variables under study will be described, the
inductive method was used, and the information will be collected from national and international virtual repositories. Regarding
the results, it should be noted that in 2023 the repatriation of ancestral remains of bone origin to three indigenous communities
settled in Manabí, Esmeraldas and Pichincha from the United States of America was carried out by the Smithsonian's National
Museum of the American Indian. While the conclusions allow us to indicate the need to universalize knowledge about the
Manteñas Chairs of Cerro de Hojas Jaboncillo and which still remain in the Museum of the American Indian, Smithsonian
Institute in Washington, DC.
Keywords: ancestral, archeology, assets, communities, heritage.
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Recuperación de bienes arqueológicos prehispánicos entre museos estatales de Ecuador y Estados
Unidos.
1. Introducción
La recuperación de bienes arqueológicos prehispánicos entre
los museos estatales de Estados Unidos de Norteamérica y
de Ecuador es un tema que comienza a tratarse desde que el
arqueólogo norteamericano Saville logró colocar sillas
manteñas en buques, en la primera cada del siglo XX, para
ser trasladadas hacia tierras estadounidenses. Si bien es
cierto que fueron llevadas con la anuencia de las autoridades
ecuatorianas con la finalidad de ser estudiadas, estas
pertenecen a las comunidades de origen, ya que forman parte
de su patrimonio cultural e histórico. Los derechos culturales
pasaron a ser derechos reales y, por tanto, pueden ser
disfrutados por todos los ecuatorianos.
El documento de investigación presentado se realizó con la
finalidad de brindar información sobre una temática poco
conocida por la ciudadanía. Tuvo como sustento teórico
principios doctrinales, acomo investigaciones realizadas
por autores que mencionaron situaciones similares
suscitadas en otras naciones del mundo.
El artículo científico se ha dividido en una serie de acápites
tendientes a facilitar la lectura de quienes se interesen por los
criterios expuestos por la investigadora. Inicia con el
resumen, para luego continuar con el desarrollo basado en
una concisa descripción de Derecho Administrativo.
Después, se realiza una lectura en torno a la construcción de
identidad nacional a través del pasado; sigue con
definiciones breves de bienes arqueológicos. A
continuación, se hace énfasis en la importancia de las sillas
manteñas para la historia del Ecuador y en la restitución
internacional de bienes patrimoniales. De igual manera, se
redacta sobre la realidad de la protección del patrimonio
cultural en Ecuador, para concluir enfatizando en las
acciones efectuadas por el Estado ecuatoriano para recuperar
los bienes arqueológicos prehispánicos.
En la parte metodológica se describen los diferentes métodos
utilizados para la realización de este documento. En cuanto
a la discusión, esta es efectuada para contrastar, en base a
investigaciones similares, lo expresado por sus autores, más
un criterio propio de la investigadora. El documento finaliza
con las conclusiones, las cuales son fruto del pensamiento
crítico de quien desarrolla el presente trabajo.
2. Metodología
El tipo de investigación es cualitativa por cuanto se
procederá a describir las cualidades de las variables objeto
de estudio. El método inductivo permitirá realizar un análisis
desde la parte particular hacia lo general, es decir, se llevará
a efecto una revisión de las leyes nacionales e
internacionales relativas con la recuperación de bienes
arqueológicos prehispánicos y los museos estatales. La
información se recabada de los repositorios virtuales
nacionales e internacionales, los cuales pasarán por una
revisión exhaustiva de los artículos científicos que cumplan
con los requisitos de forma y fondo.
3. Resultados
3.1 Nociones del Derecho Administrativo
Para el funcionamiento del Estado resulta necesario contar
con la materia del derecho que lo asiste, misma que permite
regular actos con los administrados, de tal manera que la
separación entre el accionar de las entidades adscritas al
poder ejecutivo, o los gobiernos autónomos descentralizados
con la ciudadanía.
El Derecho Administrativo para Langrod (1973) “es la rama
del derecho público interno, constituido por el conjunto de
estructuras y principios doctrinales”, además de normas que
reglan aquellas actividades relacionadas con la
administración pública.
Con la Revolución Francesa de 1789 nace la definición
jurídica de Estado de Derecho (Spacarotel, 2020), aspecto
fundamental que se impuso primero en el sistema jurídico de
Francia, para ser aceptado alrededor del mundo. Con lo cual
se convierte en el inicio de esta rama del derecho.
Cuando hacemos mención a Estado de Derecho empiezan a
tomar forma el acatamiento de los derechos de las personas,
asimismo, a las reglas emanadas por el gobierno, es decir,
tenían que cumplirse de manera obligatoria por parte de
gobernados y gobernantes. Conllevó también a la
diferenciación de las leyes que serían aplicadas a las
autoridades, así como para los ciudadanos.
La gestión del patrimonio se convierte en una disciplina
relacionada cuando se crea los estados modernos, es
realizada por instituciones administrativas cuya naturaleza es
la de protección, conservación, restauración o difusión del
patrimonio cultural. Es decir, es un campo intelectual muy
amplio con una gran cantidad de aspectos inherentes a su
función.
La relación existente entre Derecho Constitucional y el
Administrativo permitió su constitucionalización, su
dinámica ha conllevado a que pueda adaptarse ante los
diversos modelos de gobierno. También podría servir de
instrumento para responder los diferentes entes estatales y de
responder ante las necesidades de la colectividad. Todo esto
bajo el principio de legalidad sustentado en los preceptos de
la norma suprema.
Esta rama del derecho tiene la característica propia por tener
esa esencia de servicio público, ante lo cual la
materialización del Derecho es garantía para precautelar los
bienes jurídicos de la sociedad. En este sentido, la
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incorporación de herramientas legales capaces de coadyuvar
la interpretación y aplicación de la de normativa debe darse
bajo planteamientos que conlleven la institucionalidad del
Estado. Todo esto en un contexto de pluriculturalidad,
equidad y respeto por la diversidad de criterios de los
conciudadanos, quienes demandan concreción del
reforzamiento de la justicia.
Esa necesidad de apoyarse en las normas internas para
propender el cuidado de los bienes patrimoniales (Andrade,
2020) implica, no solo para el Estado, también para los
profesionales con relación en las actividades culturales de
emprender acciones para elevar propuestas jurídicas.
Desde esta perspectiva, la actividad pública tiene que
encaminarse para reconocer los derechos colectivos, es allí
donde los procedimientos administrativos y actos
normativos efectuados por los servidores públicos deben
realizarse en estricto apego del ordenamiento jurídico, tanto
internacional como nacional.
Es necesario enfatizar que al ser aprobada la Constitución se
incorporaron articulados relativos con los bienes
patrimoniales culturales, entre los cuales destacan desde el
377 hasta el 380. Con la consiguiente capacidad de respuesta
que debe tener la actividad administrativa del organismo
técnico creado para tales fines, el Instituto Nacional de
Patrimonio Cultural. Además, el apoyo jurídico creado por
parte del Estado ecuatoriano como es el caso de la Ley de
Patrimonio Cultural y su Reglamento. Y también la creación
de convenios internacionales efectuados por parte del Estado
con museos estatales de diversos países, pero no han sido
llevados a efecto con museos estatales de USA.
3.2 Construcción de identidad a través del pasado.
Resulta indispensable que las comunidades se empoderen de
su pasado con la finalidad de que despierte un valor
consustancial con sus raíces. En este sentido Longhi et al.,
(2023) afirma que el patrimonio cultural es una construcción
social que implica crear imaginarios sociales que son
aceptados como algo a lo que se denomina realidades
institucionalizadas. Con ese punto de partida su significado
ha ido tomando forma jurídica materializándose en la
legislación interna creada para la operatividad de lo
establecido en la Norma Suprema.
La ayuda recibida por parte de organismos internacionales
como la UNESCO, el Centro Internacional de Estudios para
la Conservación y Restauración de los Bienes Culturales,
ICCROM, el Consejo Internacional de Museos, ICOM, han
logrado homogeneizar la legislación a nivel global para que
tome fuerza la construcción identitaria y se aúnen esfuerzos
en la lucha contra el comercio y tráfico ilícito de bienes
arqueológicos.
Cómo se puede apreciar el esfuerzo por parte de estas
entidades internacionales ha permitido que la noción en
torno al patrimonio cultural pueda transformarse en una
categoría capaz de ser aprovechada por los Estados.
Situación que otorga fortaleza no solo para salvaguardar y
difundir, asimismo para que pueda ser utilizado con fines
económicos turísticos y comerciales, y ese dinero sea
invertido en mantenimiento y educación de los sitios
arqueológicos.
Entonces, el valor patrimonial es un constructo que se
redefine con el paso de los años, en íntima relación con la
atribución de valores subjetivos en función de diversos
periodos históricos (Longhi, et al., 2023). La identidad
nacional promovida por la historicidad oral e intelectual
permiten esa modernización de la cultura del país, lo cual ha
sido complementado con la creación de normativa para
precautelar los bienes patrimoniales.
La cultura Manteño Huancavilca destacó por su
organización sociopolítica, además del desarrollo
urbanístico de sus urbes, la tecnología de navegación era
adelantada que los llevaba a adentrarse en el mar cubriendo
largas distancias. Pero lo que más destacada son las Sillas de
Poder, sillas U, o también llamadas Sillas Manteñas,
presentan gran calidad estética y son piezas únicas de esta
cultura.
Estos asientos se caracterizan porque fueron diseñadas en
base a los “aspectos de simetría en su estructura compuesta
por dos elementos, la base formada por figuras
antropomorfas zoomorfas y el asiento mismo en forma de
U” (Quintero y Farfán, 2023, p.41). Ambos elementos
coexisten en cada creación, las sillas encontradas son únicas,
sus dimensiones varían: la abertura de la silla, también la
altura de los laterales, sus diseños geométricos, entre otros
factores que la vuelve única.
Bienes arqueológicos
La utilización del patrimonio cultural no se encuentra exento
o libre de polémica, esto debido a que tiene relación con la
propiedad y titularidad de los pueblos. Morillo et al., (2023)
afirma que la capacidad de apropiarse, adueñarse, o
expropiarlos a través de transferencias ilegales, termina
afectando no solo al lugar donde pertenecen, también a su
país, e incluso en el contexto internacional.
La ratificación de instrumentos internacionales por parte de
naciones que conforman América Latina y el Caribe prevé
un cambio al interior de los países suscriptores. Entonces el
desafío jurídico actual consiste en la adecuación y
complementación de estas regulaciones, con la finalidad de
luchar contra las nuevas maneras de apropiación ilícita de
muchos bienes culturales, además de las diversas
modalidades de su comercio que son capaces de eludir
controles en las fronteras.
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Recuperación de bienes arqueológicos prehispánicos entre museos estatales de Ecuador y Estados
Unidos.
Al respecto Levrand (2023) afirma que, en la Declaración
final, de la Conferencia de la Organización de las Naciones
Unidad para la Educación y la Cultura, en torno a desarrollo
sustentable y políticas culturales, MONDIACULT celebrada
en 2022 en xico, los ministros de cultura de los Estados
miembro de la UNESCO reiteraron su compromiso en la
lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales. En la cual
se solicitaba introducir sanciones administrativas, penales o
de cualquier otra índole establecida en la normativa interna,
además de promover una cooperación eficaz y más allegada
con los actores sociales y culturales.
En ese marco, el patrimonio arqueológico es el que reviste
mayor complejidad (Endere, 2021). Esto fue motivado
debido a que en esta parte del mundo es vulnerable el
comercio ilegal de estos bienes que tienen esta naturaleza
especial arcaica protegida, esto es motivado ante la codicia
de los objetos por parte de traficantes, saqueadores, y
vendedores inescrupulosos que forman parte del mercado
ilegal. También se pidió aumentar las capacidades de
vigilancia para incrementar su custodia en todos los niveles
posibles: desde los lugares donde se encuentran los
asentamientos antiguos, hasta los lugares de salida
fronterizos.
Santamarina y Del rmol (2022) afirman que, en 1972, la
UNESCO establecía un sistema de conservación patrimonial
(mundial) basado en una competencia velada y en una
declaración de bienes bajo la lógica de la escasez
capitalista”. Sin embargo, eso ha cambiado, se pasó a
defender el patrimonio sustentado en los diferentes
instrumentos internacionales creados para sustentar
legalmente los pedidos de repatriación y devolución.
Ese cambio hizo posible apreciar los bienes desde el enfoque
de constructo patrimonial, aspecto positivo que permitió
abrir nuevas posibilidades ante la sustracción ilegal de los
mismos.
Las sillas manteñas como bienes arqueológicos
La cultura Manteña habitó el litoral ecuatoriano desde el año
500 hasta 1532 después de esta era, es considerada como la
última sociedad prehispánica que se asentó en la costa
ecuatoriana. Habitaba desde la parte norte de Manabí, Bahía
de Caráquez hasta la parte del Golfo de Guayaquil. Los
primeros estudios se realizaron por parte del explorador,
docente y arqueólogo estadounidense Marshall Saville.
Escribió un libro al cual denominó Antiquities of Manabi,
texto en el cual narra la presencia de una civilización
avanzada.
Cuando procedió a excavar en 1906 en el Cerro de Hojas
Jaboncillo en Manabí, descubrió parte de un gran
asentamiento ancestral, y encontró un conjunto de piedra en
forma de U, fue denominada Silla Manteña (Saville, 1907).
Una vez ordenadas fueron embarcadas hacia ese país
norteamericano, y colocadas en el Museo del Indio
Americano perteneciente al Instituto Smithsoniano
Washington DC.
A inicios del siglo XX era normal que enviaran arqueólogos
investigadores a Ecuador para llevarse colecciones de
objetos arqueológicos con la finalidad de ser estudiados en
ese país. Algo que en la actualidad no está permitido por
cuanto al trasladar bienes patrimoniales pertenecientes a
cultura ancestrales del país de origen hacia el país de destino
pueden ser sujeto de penas privativa de libertad. La colección
llevada por Saville hasta Nueva York era de 2181 piezas de
cerámica, piedra y metálica.
Un punto a considerar de esta colección exhibida en el
Museo representa un número considerable, según datos
recopilados en el libro que escribió el científico
norteamericano en total son 76 asientos completos e
incompletos. En el mismo libro se puede leer que sol 60
asientos se encuentran en dicho museo.
Además, en el registro electrónico creado para documentar
las piezas arqueológicas no constaban los totales y subtotales
dependiendo del tipo de objetos encontrados en Manabí. De
la totalidad de Sillas Manteñas citadas dos se intercambiaron
con el Museo de Argentina la Plata, 15 asientos fueron
registrados en el Museo Nacional de los Indios Americanos,
pero no constan en la colección, en total 10 fueron
intercambiados desde 1942 hasta 1968 con el Museo de la
Fundación HEYE.
3.3 Restitución internacional de bienes patrimoniales
Un aspecto a considerar para la salida ilegal de bienes
arqueológicos radica en la extensión e inmensidad del
territorio donde se encuentran, además, resulta casi
imposible custodiar los descubrimientos existentes, a esto se
suma la presencia de personas en sitios no descubiertos
formalmente por profesionales en la materia, entre otros
factores.
La restitución del patrimonio arqueológico es un debate que
aun actualmente es tema de conflictos. Los países de dónde
fueron extraídos aúnan esfuerzo para pedir a las naciones
donde fueron llevados de manera ilegal su inmediata
devolución. Esto ha llevado a pedir ayuda a organizaciones
internacionales con la finalidad de exigir sean repatriados
objetos antiguos de importancia nacional, esto debido que
constituyen parte de su cultura, de su identidad.
A modo de ejemplo, se citan algunos casos de reclamos para
la devolución de bienes arqueológicos. Egipto elevó pedidos
para que el Museo Británico devuelva la Piedra de Roseta,
hecho que fue avalado por destacados arqueólogos de ese
país, la importancia de este patrimonio radica en que
permitió descifrar la escritura egipcia antigua, la estela y esto
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hizo posible la comprensión de tres lenguas diferentes: en la
parte superior escritura jeroglífica egipcia; parte intermedia
escritura; y en la parte inferior la demótica.
Mientras el gobierno realiza el pedido para volver a tener en
su país las esculturas del Partenón, Mausoleo de
Harlicarnassus, Mármoles de Elgin, y la proveniente del
Templo de Artemisa de Ephesos, mismas que se encuentran
en el Museo Británico.
Como se puede apreciar en Grecia y Egipto efectúan el
mismo pedido de restitución de importantes objetos
arqueológicos. La postura de quienes están al frente de este
Museo Británico han dejado clara su postura, la no
devolución de tales piezas pedidas.
A España también han llegado peticiones para la restitución
de bienes arqueológicos, se pide que devuelva objetos de
valor para Colombia, por cuánto tiene una colección del
tesoro de los Quimbayas, en la actualidad son exhibidos en
el Museo de América en Madrid. Este conjunto de obras fue
obsequiado a España por parte de la República de Colombia
en 1893 (Senén. 2023), debido a la conmemoración de los
400 años del descubrimiento de América. Cabe indicar que
llegó a la madre patria lícitamente, a pesar de aquello resulta
conveniente el estudio de alternativas tendientes a la
restitución hacia Colombia.
En este sentido, museos franceses y alemanes dieron el visto
bueno para devolver tesoros retirados ilegalmente del reino
de Benín, país africano. Son estatuas de bronce que
conforman una considerable colección del pueblo Edo, estas
datan del siglo XIII de nuestra era.
Lo actuado en 2018 por el mandatario francés para la
devolución de estatua de bronce de Benín que son exhibidas
en museos de ese país, tuvo repercusiones en el contexto
internacional, especialmente de efectuar una revisión del
papel cumplido por el colonialismo de aquellas naciones que
lograron conquistar países africanos, americanos, y de otras
regiones del mundo.
Antes del siglo XIX el patrimonio arqueológico solo era
apreciado como algo coleccionista con el pasar del tiempo
pasó a tener relevancia social, tanto local como en lo
internacional. En la actualidad, la sociedad demanda que sea
protegido y estudiado acorde con una metodología moderna
y libre de prejuicios (Bravo, 2018). Resulta normal que la
organización encargada de promover la defensa instituya a
fomentar reuniones que conlleven a la uniformidad relativa
a la definición y metodologías de estudio.
Tanto así que se han aprobado legislaciones con la finalidad
de proteger los bienes arqueológicos, como la Carta de
Atenas (1931), el Convenio de La Haya (1954) y la Carta de
Quito (1967), entre otros.
Si bien no existe definición sobre los bienes arqueológicos,
si existe conceptualización en torno al patrimonio
arqueológico el cual, esformado no solo por un conjunto
de bienes (muebles e inmuebles) independientemente de la
procedencia y estudiados con metodología científica, sino
que a este concepto se le suma el de su contexto (Bravo,
2018).
Para que un objeto forme parte del patrimonio arqueológico
de manera obligatoria debe tener valor histórico y ser objeto
físico. El patrimonio arqueológico a diferencia del
patrimonio arquitectónico es menos apreciado. Un templo,
así como un monumento preservado por cientos o miles de
años, tendrá mayor valor, por cuánto ese edificio se lo
considera como algo vivo, se sigue utilizando no solo como
referencia histórica, también como algo de inmenso valor.
Por el contrario, el patrimonio arqueológico solo es
apreciado dentro de un contexto de bienes en desuso,
olvidados, tenía en una función pero que actualmente se
encuentra abandonado.
Para su comprensión es necesario tener una interpretación
idónea capaz de emitir un criterio contextualizado de tales
bienes. Esto motiva a que sean valorados en mayor medida
por la sociedad, porque pueden ser apreciados como freno
para desarrollo, por su poca utilidad.
3.4 Realidad de la protección al patrimonio cultural en
Ecuador
La diversidad cultural y humana es expresada a través de su
patrimonio intangible o inmaterial, y del patrimonio tangible
o material, cuando las comunidades o integrantes de la
colectividad se apropian de ellas para su difusión están
difundiendo la herencia de sus antepasados. Se constituyen
en el legado actual que se creó hace cientos e incluso miles
de años cómo, fue parte de un proceso histórico, cultural
científico y artístico, en conjunto pasaron a conformar una
incalculable riqueza patrimonial para los estados y la
comunidad internacional.
En la actualidad Ecuador presenta una estructura
institucional fuerte, esta permite el desarrollo, ejecución, y
seguimiento de todos los procesos legales relacionados con
la repatriación de bienes arqueológicos, sean estas
osamentas, objetos artísticos, por citar unos cuantos. Se
nombran a continuación las instituciones agrupadas para la
lucha concerniente al comercio ilícito (Tabla 1).
El patrimonio en palabras de Pastor y Díaz (2022) implica
que se encuentra enraizado también con la cuestión
identitaria, indica además que todo es patrimonio o
patrimonializable. Eso le otorga poder al estado para
emprender una misión para recuperar bienes patrimoniales
hurtados por vendedores o personas que tuvieron en los sitios
arqueológicos trabajando y lo sacaron de manera ilegal.
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Recuperación de bienes arqueológicos prehispánicos entre museos estatales de Ecuador y Estados
Unidos.
Tabla 1: Instituciones encargadas de la lucha contra el tráfico
ilegal de bienes arqueológicos.
Número
Instituciones
1
Ministerio Coordinador de Patrimonio Cultural
2
Ministerio de Cultura
3
Fiscalía General del Estado
4
Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e
Integración
5
Procuraduría General del Estado
6
Ministerio de Gobierno y
7
Instituto Nacional de Patrimonio Cultural
De igual manera la oralidad es un elemento que define los
vínculos de los sitios arqueológicos con la memoria y la
significación de los lugares (Novillo y Palacios, 2024),
misma se transmite de manera generacional hasta convertirse
en un agente de creencias, así como de la educación no
formal que incluso alcanza al ámbito escolar.
Ecuador presenta una riqueza patrimonial y cultural enorme,
es reconocida en el contexto internacional, empero, su
potencialidad no ha logrado materializarse, por lo tanto, este
importante acervo que es capaz de aportar cambios en favor
del desarrollo sociocultural, así como económico de la
nación no es precautelado adecuadamente (Decreto
Ejecutivo No. 816, 2007).
Lo bienes culturales y patrimoniales existentes en Ecuador
no se encuentran registrados de manera adecuada, por lo
tanto, no están protegidos y tampoco conservados. En caso
de darse perdidas, se tiene una disminución de la riqueza
cultural por cuanto se cae en la fragmentación de la
memoria colectiva nacional.
3.5 Acciones emprendidas por el Estado ecuatoriano
para la recuperación de bienes arqueológicos
Rengifo (2008) sostiene que el debate relacionado con la
restitución de bienes del patrimonio cultural, como una
forma de reivindicación por parte de los países de origen,
está en aumento en la escena internacional en el derecho
público. Se entiende esta corriente a favor de mantener
procesos inherentes denominados constitucionalización de
los derechos culturales. Ecuador no ha estado exento de esta
dinámica y es fácil de apreciar por cuanto ha suscrito una
serie de tratados internacionales que permite trabajar en
conjunto con otros países, tal es el caso de USA. El cual se
pretende que a través de sus buenos oficios sustentados en
asesoría técnica para volver efectiva las restituciones de
bienes arqueológicos.
Tal como sucedió con la repatriación de tres piezas
arqueológicas con formas de cabezas precolombinas cuyo
origen data de 3500 y 1800 años de antigüedad
pertenecientes a la Cultura Valdivia. Tras 8 meses de arduo
proceso fueron restituidas formalmente a Ecuador. Los
organismos encargados en esta materia contra el tráfico
ilícito hicieron posible su regreso al país porque se enteraron
que habían sido incautadas en el aeropuerto internacional de
El Cairo de Egipto en marzo del 2013 por parte de la Unidad
de Capturas Arqueológicas de ese país y el destino de las
mismas era Alejandría en Grecia.
El 8 de noviembre de 2013 los bienes patrimoniales llegaron
a Ecuador como parte del proceso de recuperación de bienes
patrimoniales” que ejecuta la Comisión Nacional de Lucha
contra el Tráfico Ilícito de Bienes Patrimoniales, en conjunto
con el Comité Técnico de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de
Bienes.
El 26 de febrero de 2019 se recibieron en el país seis piezas
arqueológicas recuperadas en Perú y que procedían de
Canadá, la embajada de Perú hizo la devolución formal, en
total existen 50 bienes recibidos de nuestro vecino del Sur
desde 2016. Esto forma parte de un proceso colaborador para
luchar contra esta acción ilegal de tráfico bienes
patrimoniales.
Entre los objetos históricos recuperados está una máscara,
una compotera, una estatuilla con forma humana y una
antropozoomorfa y un colgante perteneciente a diversas
culturas. Las excelentes relaciones entre ambos países
permitieron la llegada a sus legítimos propietarios basado en
la política de entendimiento en materia de tratados y
acuerdos internacionales firmados entre Ecuador y Perú
relacionado con esta acción ilícita de bienes pertenecientes
al patrimonio.
Esta acción evidencia el reconocimiento en cuanto a la
importancia de proteger el patrimonio cultural y son
conscientes del grave perjuicio que representa el robo y la
exportación ilícita de objetos pertenecientes a su patrimonio
cultural (INPC, 2019). Conviene recordar que en 1998
Ecuador y Perú firmaron un convenio para la Protección del
Patrimonio Cultural y Recuperación de Bienes
Arqueológicos, Artísticos e Históricos”.
En diciembre de 2015 en Italia, la embajada de Ecuador
logró recuperar 81 objetos arqueológico precolombinos que
formaban parte de la colección privada Luigi Rivoira, eran
custodiados por el Comando de los Carabineros para la tela
del patrimonio cultural de Turín (Cancillería del Ecuador,
2015). Las actividades llevadas a cabo por el cónsul general
de Ecuador en Milán tuvieron cómo resultado favorable la
entrega voluntaria de dichos objetos.
Las piezas que conformaban el patrimonio cultural
recuperado estaban conformadas por objetos pertenecientes
a la cultura Jama Coaque, la Chorrera, Manteña, la Tolita,
Bahía, Puruhá, entre otras. La repatriación estuvo mediada
por la Comisión Nacional y el Comité cnico Nacional de
Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales en
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concordancia con la embajada de Ecuador en Italia en
conjunto con la Procuraduría General del Estado.
En tal sentido, Saville (1907) indica que realizó
excavaciones en Manabí, específicamente concentró sus
esfuerzos en el Cerro Hojas Jaboncillo donde encontró la
Silla Manteña. En el siglo XIX eran enviadas a Europa en
barcos que transportaban tagua desde Manabí. Se
caracterizan por su diseño único, es considerada como
símbolo de jerarquía y ritualidad, solo podían ser utilizadas
por chamanes y gobernantes.
La trascendencia de la Silla de Poder de la Cultura Manteña
radica en que era utilizada por representantes de las clases
altas y fueron sacadas de Ecuador en varias expediciones que
realizó el reconocido estadounidense Marsall entre 1906 y
1908.
Las Sillas Manteñas todavía se exhiben en museos de Nueva
York, Washington DC, New Haven; así también en Londres,
Barcelona, Berlín, París, y Viena; además en Buenos Aires y
Santiago de Chile. Están catalogadas como un símbolo de
identidad del pueblo manabita, es un legado identitario de
Manta, así como de todo el país, otorga el sentido de heredad
y pertenencia, como una marca insigne de apropiación, para
tener presente el legado histórico, y pueda ser protegidas por
todos.
Representa internacionalmente a los ecuatorianos, su
emblema aporta para la construcción social de unificación.
Las sillas con forma de forma de ‘U’ sirvieron para
ceremonias y rituales que realizaban los aborígenes que
habitaban en esta parte de la costa de Ecuador. Tal fue la
importancia de su hallazgo que el New York Times publicó
en septiembre de 1907, sobre una nueva civilización
encontrada en Ecuador.
Desde 2016 el Estado ecuatoriano ha realizado acciones con
la finalidad de pedir la devolución de las Sillas de Poder.
Estos bienes patrimoniales fueron descubiertos y llevados
para realizar investigaciones por parte de arqueólogos
interesados en aprender de las culturas asentadas en Hojas
Jaboncillo.
Las autoridades ecuatorianas en esa época empezaron los
trámites para recuperar las algunas Sillas de Poder o Sillas
Manteñas (El Diario, 2016), que en base a investigaciones
realizadas fueron localizadas en el museo perteneciente al
Instituto Smithsonian.
En el año 2019 el INPC hizo la entrega al Ministerio de
Cultura la cantidad de 6.445 bienes arqueológicos, mismos
que fueron recuperados desde 2008 esto se enmarcaba en el
proceso de lucha contra la circulación ilegal de bienes
patrimoniales, una política pública creada para recuperar los
bienes.
Las piezas arqueológicas fueron entregadas al Museo de
Pumapungo de Cuenca, anteriormente ya había sido
colocadas 33 bienes culturales y se encuentran en unas
reservas del Ministerio de Cultura y Patrimonio con sede en
Quito. Los objetos eran considerados de alto valor histórico;
el acto que conllevó ha dicho organismo a enfatizar en
cuanto a la guarda y conservación de estos referentes
culturales. Los bienes entregados eran de cerámica,
metálicos, pétreo y lítico, provenían de la cultura Valdivia,
Tolita, Bahía, Manteño Huancavilca, Panzaleo, entre otras.
La cantidad de los bienes arqueológicos recuperados fueron
expuestos en su momento en el Centro de Investigación de
la Memoria, con la intención de que la ciudadanía pudiera
conocerlos. De esa manera se podían apreciar los bienes
restituidos, y a la vez se estaba conociendo la incesante labor
desarrollada por las entidades encargadas de precautelar el
patrimonio cultural.
En total fueron exhibidos cerca de 1400 objetos
arqueológicos aproximadamente y su exposición estaba
constituida por monos, pájaros, zarigüeyas, así como
artefactos (Ministerio de Patrimonio Cultural, 2020). Estas
representaciones ponen en evidencia el interés que tenían los
animales para las sociedades prehispánicas, tal es el caso de
la cultura Manteña, Jama Coaque y Chorrera.
También la muestra incluyó ornamentos personales,
narigueras planas, tubulares y alargadas, además de un
pectoral que tenía incorporada una decoración de repujados
representando a un felino. Los objetos formaban parte de la
cultura Bahía, La Tolita, Guangala, por nombrar unas
cuantas. Además, había bienes arqueológicos atribuidos a las
culturas Puruhá y Milagro Quevedo, estaban elaborados en
cobre con forma de hachas, punzones, monedas, agujas,
cascabeles, pinzas, y cuchillos ceremoniales.
El gobierno ecuatoriano en 2023 llevó a efecto un proceso de
repatriación de bienes patrimoniales consistentes en
estructuras óseas pertenecientes a las comunidades Chachi
de Esmeraldas, Kayambi en Pichincha y la Comuna Sequita
y Pepa de Huso de Manabí, mismos que se encontraban en
el NMAI, formaban parte de sus colecciones y fueron
devueltas previo trabajo diplomático de manera directa a los
lugares donde pertenecían.
El NMAI forma parte de los 21 museos que dependen del
Instituto Smithsonian, creados con la finalidad de fomentar
el conocimiento, así como la comprensión de las culturas
indígenas. Dentro de sus características tiene un trato
respetuoso hacia el indigenismo, y colabora cuando se trata
de repatriar restos arqueológicos ancestrales hacia las
comunidades de origen, siempre y cuando se active una
solicitud de repatriación por parte de las comunidades
ancestrales, en el contexto de las relaciones diplomáticas
37
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Recuperación de bienes arqueológicos prehispánicos entre museos estatales de Ecuador y Estados
Unidos.
enmarcadas también en el derecho humano de disfrutar y
apreciar la memoria histórica.
La ceremonia de entrega para otorgarle mayor fuerza
protocolaria contó con la llegada de una delegación enviada
por el Museo del Indio Americano, conformada por
profesionales y científicos provenientes EE. UU, quienes
llegaron a Ecuador para entregar a los representantes de
dichas comunidades y pueblos de donde procedían los bienes
arqueológicos. Ades, en el acto formal participaron
autoridades de nuestro país como ministra y funcionarios
públicos del ente rector del patrimonio y la cultura.
Esto refleja el compromiso por parte de las personas e
instituciones relacionada con los bienes arqueológicos, de
mantener un constante diálogo en pro de cuidar y resguardar
del patrimonio del país, lo cual consolida la memoria e
identidad y pertenencia colectiva representada en objetos
que atañeron a determinadas nacionalidades y comunidades
de Ecuador. Cabe resaltar que el trabajo profesional y muy
técnico realizado formó parte del Memorando de
Entendimiento suscrito el entre el Ministerio de Cultura y
Patrimonio junto con el NMAI suscrito en el 2019, para
permitir que la herencia Cultural de pueblos y comunidades
puedan regresar a donde pertenecen.
Cabe mencionar que, el Pueblo Kayambi, la Federación
Chachi y las comunas Sequita y Pepa de Huso
respectivamente, mantuvieron relaciones de trabajo con el
Museo Nacional del Indio Americano tendientes a
intercambiar ideas que mejoren la devolución de los bienes
arqueológicos. Las comunidades respectivas supieron
manifestar la importancia que dichos restos logren
permanecer en sus respectivas comunidades, esto debido al
apego que tienen sus habitantes con la historia, lo une lazos
ancestrales e históricos con aquellos territorios en los cuales
habitan y de dónde fueron extraídos los restos devueltos.
Como parte de la repatriación de los bienes patrimoniales
que formaban parte del pueblo Kayambi, en el Centro
Intercultural Tránsito Amaguaña con fecha 23 de mayo de
2023 se realizó un acto formal por la repatriación de los
bienes patrimoniales que pertenecían al mencionado pueblo.
Estuvieron presentes integrantes de la comunidad los
mismos que efectuaron una ceremonia festejando en el
retorno de los restos de sus ancestros.
De igual manera, en el mismo año el día 24 de mayo en la
comunidad La Sequita y Pepa de Huso, por motivos del
proceso de repatriación mediante el acto ceremonial y
simbólico se concretó la suscripción de un acta entrega
recepción entre el museo y las correspondientes
comunidades, todo esto bajo la supervisión de las
autoridades competentes en la materia.
También fueron llevados hasta el Centro de Investigación e
Interpretación Hojas Jaboncillo, el cual se encuentra en la
ciudad de Portoviejo específicamente en la parroquia
Picoazá, lugar donde procedió a legalizarse el acta de
cooperación que permite la custodia temporal de la totalidad
de restos ancestrales que se encuentra en la Reserva
Arqueológica, cuya administración la tiene el ente técnico
del patrimonio cultural.
La devolución de los restos arqueológicos marcó un hito
importante en lo relativo al resguardo brindado a la herencia
cultural, por cuánto se fortalecen las relaciones
internacionales sustentadas en cuanto el respeto y
colaboración entre instituciones con fuerte arraigo de
defensa a la memoria histórica colectiva. Todo lo cual
repercute de manera positiva para el Estado Central, los
Gobiernos Autónomos Descentralizados, y la sociedad en
general.
La repatriación de los restos ancestrales hacia las
comunidades de origen está contemplada dentro de los
derechos humanos fundamentales que tienen las sociedades,
el trato respetuoso por parte del Museo del Indio Americano
permite apreciar no solo el respeto, sino a la profesionalidad
con la cual se tratan objetos que en teoría presentan valor
histórico del país.
4. Discusión
La legislación internacional difiere entre el término retorno
y restitución, el retorno debe darse bajo circunstancias en las
cuales los bienes patrimoniales desaparecieron cuando
existía un proceso colonizador o en casos de inmersa
invasión extranjera, mientras la restitución indica aquellos
casos donde los bienes culturales fueron apropiado de
manera ilegal (Ibermuseos, 2018). La restitución implica el
principio por el cual quien causare un daño tiene la
obligación de repararlo a la parte afectada.
Las herramientas en torno al registro arqueológico es una
práctica de larga data, hoy se denominan catastros
arqueológicos mientras que en el pasado tenían nombres
como inventarios, registros y catálogos, y fueron
evolucionando en función de las circunstancias nacionales
(Portugal y Medina, 2023). Esto fue posible debido a la
transformación introducción de la tecnología de la
información, que permitió recopilar y procesar datos a través
de aplicaciones específicas sistematizadas capaces de
permitir la accesibilidad de los individuos hay información
considerada como de acceso universal.
Avilés (2012) citado por González (2023) establece que el
régimen jurídico público de protección del patrimonio
cultural consolida la identidad regional, nacional o de un
determinado sector social, y propende al desarrollo
económico y social sostenible de la nación. El centro de
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Montes-Mera et al. (2025) https://doi.org/10.56124/finibus.v8i15.003
atención prioritario que protege el ámbito jurídico consiste
en salvaguardar el patrimonio cultural, asimismo se
convierte en una respuesta pedida por la población para
reconocer intereses públicos sustentados en mecanismos de
preservación, identificación, control, manejo y el fomento
que permite su seguridad.
5. Conclusiones
Las costumbres, tradiciones y cosmovisión de pueblos
ancestrales conllevan el cuidado de todo aquello que permite
mantener sus tradiciones. Porque son huellas de su pasado,
testimonios que conforman su acervo cultural, es la herencia
dejada para sus futuras generaciones. Es decir, no solo son
categorías intercambiables, ni tampoco una condición
inmanente por conformar grupos poblacionales que viven en
la ruralidad o en la selva.
La función del INPC es direccionada a, mantener
reuniones con los delegados del NMAI con la intención de
llevar adelante el proceso relacionado con la entrega directa
a los representantes de las nacionalidades indígenas de sus
bienes patrimoniales arqueológicos. Aspecto que ha
permitido el fortalecimiento de los lazos de hermandad que
posibilitaron el apoyo mutuo con la intención de afianzar la
colaboración entre ambas instituciones.
El contenido jurídico creado para que se pueda proteger el
patrimonio cultural implica tener claro los valores que de
ellos derivan, para lo cual es necesario contar con
mecanismos e instrumentos tendientes a promocionarlos
como parte del testimonio histórico de la sociedad. Por lo
tanto, es una propuesta conceptual que guarda relación con
lo establecido en la Constitución de la República, y se
refuerza con las normas creadas por instituciones que son
responsables de la salvaguarda del patrimonio arqueológico
a nivel nacional.
La autora de la investigación logró tener conocimiento en
base a indagaciones del personal especializado que labora en
el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural que existen
alrededor de 60 Sillas de Poder o Sillas Manteñas
pertenecientes a la Comuna de Picoazá y Ligüiqui que se
encuentran en el Museo del Indio Americano.
Se sugiere crear un convenio marco entre Estados Unidos de
Norteamérica y Ecuador con la finalidad de facilitar la
repatriación de bienes arqueológicos patrimoniales que se
encuentran en los museos estatales de ese país. Esto debido
que mucho de los bienes exhibidos en esas tierras fueron
traslados hace más de 100 años para estudios e
investigaciones.
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Contribución de los autores (CRediT)
Montes-Mera, N.: Conceptualización, Investigación,
Metodología, Administración de proyecto, Visualización,
Redacción borrador original. Masterrena-Alcívar, L.:
Análisis formal de datos, Metodología, Supervisión,
Redacción revisión y edición: Barcia-Moreira, M.:
Administración de proyecto, Redacción revisión y edición.
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